lunes, 28 de enero de 2013

NUEVA REMUNERACIÓN DOCENTE DEBE PAGARSE DESDE EL MES DE ENERO


1.- En el marco de la implementación de la ley de reforma magisterial, las remuneraciones de los profesores, a partir del mes de enero debe incluir el incremento establecido por la Ley de Reforma Magisterial – Ley N° 29944 y el Decreto Supremo N° 290-2012-EF a través del cual se fija el monto de la remuneración Íntegra Mensual.
2.- Los recursos para el incremento salarial se encuentran plenamente garantizados en la Reserva de Contingencia del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013 Ley N° 29951.
3.- Los Gobiernos Regionales, a través de sus Direcciones Regionales de Educación y Unidades de Gestión Educativa Local están en la obligación de cumplir con aplicar la nueva escala remunerativa de los profesores del magisterio nacional, en cumplimiento de las competencias que les asignan las normas legales vigentes.
4.- El Ministerio de Educación ha comunicado a aquellas regiones que aún no han cumplido con aplicar el incremento de remuneraciones que necesariamente deben hacerlo en este mes.
5.- Por lo tanto, no existe justificación legal o presupuestal para que no se aplique el incremento de remuneraciones desde este mes de enero, bajo responsabilidad de los funcionarios competentes en cada Gobierno Regional.


Abog: Máximo Linares Gelacio.