El no pagar la gratificación o la bonificación
extraordinaria de EsSalud constituye una infracción grave para la empresa. La
multa dependerá del tamaño de la empresa y el número de trabajadores afectados.
En los próximos días los trabajadores del
sector privado, inscritos en planilla, recibirán un sueldo completo como gratificación la cual no incluirá el descuento
de su aporte a su AFP u ONP, e incluirá la bonificación del 9%
que la empresa paga a EsSalud.
¿Qué pasa si la empresa no cumple con este
pago? La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil), puede
aplicar multas al empleador, por no pagar la gratificación, aunque el monto de
las multas estará en función del número de trabajadores afectados.
Sandro Brazzini, asesor legal de la Cámara de
Comercio de Lima (CCL) indicó que el no pagar la gratificación o la
bonificación extraordinaria, constituye infracción grave, que se sanciona de
acuerdo a la escala de multas laborales aprobadas por el Ministerio de Trabajo.
“La multa dependerá además si se trata de una microempresa, pequeña empresa,
mediana y gran empresa”.
Sin embargo, cabe recordar que está vigente
la Ley N°30222, con la cual se dispone que durante tres años (hasta el 11 de
julio 2017) las multas no serán mayores al 35% de la que resulte aplicar, según
la escala correspondiente al caso concreto.
A modo de ejemplo, “si una microempresa
inclumple con el pago a tres trabajadores la multa será de S/ 1,382.50; pero
como la multa a pagar no debe exceder el 35%, la microempresa pagará solo S/
484”, precisó.
En cambio, si una empresa grande no abona
este beneficio a 26 trabajadores, la multa será de S/ 39,500; por lo que deberá
pagar: S/ 13,825.
“La Ley de Gratificaciones prescribe que las
gratificaciones serán abonadas en la primera quincena de los meses de julio o
diciembre; no menciona que deba pagarse el 15 de julio exactamente (puede ser
antes)”, agrega.