jueves, 7 de febrero de 2013

DÍAS NO LABORABLES PARA EL SECTOR PÚBLICO DURANTE EL AÑO 2013


Como es conocido, durante los últimos años (desde el año 2003) el Ejecutivo viene declarando determinados días del año como días no laborables, para el sector público a nivel nacional y de manera facultativa para el sector privado. Ello con el objeto de promover la actividad turística, el crecimiento económico y social del país. En este contexto, a través del Decreto Supremo N° 123-2012-PCM publicado en el diario oficial “El Peruano” el día 31 de Diciembre del 2012, se han establecido cuales son los días no laborables durante el año 2013:
1).- Lunes 11 de febrero.
2).- Martes 12 de febrero.
3).- Jueves 27 de junio.
4).- Viernes 28 de junio.
5).- Martes 30 de julio.
6).- Jueves 29 de agosto.
7).- Lunes 07 de octubre.
8).- Lunes  30 de diciembre.
9).- Martes 31 de diciembre.
Cabe señalar que las horas dejadas de trabajar como consecuencia del día no laborable, se compensarán en la semana posterior o en la oportunidad que señale el titular de la entidad estatal. En el caso del sector privado, deberá haber acuerdo previo entre el empleador y los trabajadores para acogerse a lo dispuesto en la norma aludida, debiendo convenir sobre la recuperación de las horas dejadas de trabajar; en caso no exista acuerdo decidirá el empleador.

Abog: Máximo Linares Gelacio.

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