jueves, 16 de diciembre de 2010

VIERNES 24 Y 31 DE DICIEMBRE DEL 2010 SERAN DÍAS FERIADOS NO LABORABLES PARA EL SECTOR PÚBLICO

Como es conocido, durante los últimos años el Gobierno viene declarando determinados días del año como días no laborables, tanto para el sector público en forma obligatoria como para el sector privado de modo facultativo. Ello con el objeto de promover la actividad turística, el crecimiento económico y social del país. En este contexto, a través del Decreto Supremo N° 026-2010-PCM publicado en el diario oficial “El Peruano”, se estableció como días feriados no laborables para el sector público entre otros, el día VIERNES 24 y VIERNES 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2010.
Asimismo, es preciso señalar que las horas dejadas de trabajar como consecuencia del día no laborable, se compensarán en la semana posterior o en la oportunidad que señale el titular de la entidad estatal. En el caso del sector privado, deberá haber acuerdo previo entre el empleador y los trabajadores para acogerse a lo dispuesto en la norma aludida, debiendo convenir sobre la recuperación de las horas dejadas de trabajar, en caso no exista acuerdo decidirá el empleador.
Finalmente, el día no laborable se sujeta a lo dispuesto en el Decreto de Urgencia N° 099-2010-PCM, es decir al computo de los días sábados, domingos y feriados como días hábiles para efectos administrativos.

Abog: Máximo Linares Gelacio.

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