Como se recordará, a través del Decreto de
Urgencia N° 002-2014, se previó el otorgamiento del bono de incentivo al
desempeño escolar [en adelante BDE] para el personal directivo, jerárquico y
docente; nombrado y contratado de las instituciones educativas públicas de Educación
Básica Regular. En dicho contexto, se ha emitido el Decreto Supremo N° 287-2014-EF, mediante el cual se aprueba el
monto del BDE, y se establecen los criterios, requisitos y condiciones para su
otorgamiento.
En cuanto a su aplicación, el BDE se otorga al
personal directivo, jerárquico y docente; que tenga la condición de nombrado y/o
contratado, que haya laborado en las instituciones educativas públicas de Educación
Básica Regular con mejor desempeño y seleccionadas en el último año.
En cuanto a las instituciones elegibles, son aquellas
instituciones educativas públicas de Educación Básica Regular de nivel primaria
registradas como “activas” en el padrón de instituciones educativas.
En cuanto al monto del BDE, el mismo oscila
entre S/ 1,000.00 y S/. 3,000.00 nuevos soles por persona, dependiendo del
grupo, cargo y grado de enseñanza.
En cuanto a las condiciones del personal
beneficiado, son: i).- cuentan con plaza de nombramiento o contrato asignado a
la institución educativa seleccionada en por lo menos 6 meses continuos o
discontinuos del último año previo, ii).- cuentan con plaza de nombramiento o
contrato vigente según la información disponible del NEXUS [sistema de administración
y control de plazas], al cierre del antepenúltimo mes anterior a la fecha del informe
de la Secretaria de Planificación Estratégica del Ministerio de Educación, iii).-
No cuentan con sanción administrativa disciplinaria de suspensión en el cargo,
cese temporal, o destitución; vigente al cierre del antepenúltimo mes anterior
a la fecha del informe de la Secretaria de Planificación Estratégica del Ministerio
de Educación
Asimismo, el BDE es de carácter excepcional, no
tiene naturaleza remunerativa ni pensionable, tampoco está afecto a cargas sociales,
se otorga a través del Sistema Único de Planillas en el mes de noviembre del
2014, y es base de cálculo para determinar el impuesto a la renta.
Abog: Máximo Linares Gelacio.
E-mail:
linaresabogados@hotmail.com
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