Sentencia. Seis
magistrados consideraron que se restringió el derecho de propiedad de los ex
aportantes al Fonavi al cerrarse el padrón el 31 de agosto de este año. No
obstante, ratificaron que están excluidos quienes recibieron viviendas.
Los ex aportantes al Fondo Nacional
de Vivienda (Fonavi) que hasta el 31 de agosto pasado no pudieron registrarse
como beneficiarios de la devolución de esa contribución podrán hacerlo en los
próximos días y hasta el 2018, en virtud de una sentencia del Tribunal
Constitucional (TC).
El fallo, del 9 de diciembre último,
hecho público ayer, declaró fundada en parte la demanda de inconstitucionalidad
que presentó la Asociación Nacional de Fonavistas de los Pueblos del Perú
contra la 72 Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30114, de
Presupuesto del Sector Público 2014.
El colegiado dispuso que los
fonavistas podrán inscribirse hasta el 31 de agosto de cada año –fecha límite
para la propuesta de ley de presupuesto– para la programación presupuestal del
siguiente año hasta completar los ocho años fijados por la Ley N° 29625,
referida a la devolución de estos aportes. Es decir, el 2018.
Los magistrados Víctor Urbiola Hani (presidente), Manuel Miranda Canales, Carlos Ramos Núñez, José Luis Sardón, Marianella Ledesma Narváez y Eloy Espinoza Saldaña consideraron que haber cerrado la lista de fonavistas el 31 de agosto del 2014 constituye una restricción indebida del derecho de propiedad de aquellos que no lograron registrarse en ese entonces en el padrón de beneficiarios.
Los magistrados Víctor Urbiola Hani (presidente), Manuel Miranda Canales, Carlos Ramos Núñez, José Luis Sardón, Marianella Ledesma Narváez y Eloy Espinoza Saldaña consideraron que haber cerrado la lista de fonavistas el 31 de agosto del 2014 constituye una restricción indebida del derecho de propiedad de aquellos que no lograron registrarse en ese entonces en el padrón de beneficiarios.
Por este motivo, y considerando que
el presupuesto público se elabora de forma anual y ya que cada fonavista debe
contar con una cuenta individual, resolvieron que la inscripción se cierre el
31 de agosto de cada año.
Para tal efecto, la Comisión Ad Hoc
encargada de la devolución de aportes aprobará semestralmente el padrón,
priorizando a los mayores de 65 años o personas con discapacidad, de entre 55 y
65 años de edad, y luego los menores de 55 años, como dispone la Ley N° 29625.
La demanda de inconstitucionalidad
planteada por los fonavistas el 4 de junio pasado, además cuestionaba la
decisión del Ejecutivo de circunscribir la devolución de los aportes únicamente
a las contribuciones hechas por los trabajadores, omitiendo los aportes efectuados
por empleadores, Estado y otras instituciones.
Al respecto, los magistrados del TC determinaron que la devolución de aportes solo comprende la totalidad de la contribución hecha por el trabajador.
Al respecto, los magistrados del TC determinaron que la devolución de aportes solo comprende la totalidad de la contribución hecha por el trabajador.
Además, precisan que están excluidos
de la devolución "quienes directa o indirectamente se hubieran beneficiado
con los recursos" del Fonavi. Esto quiere decir que aquellas personas que
adquirieron viviendas y terrenos, o se beneficiaron con proyectos de servicios
básicos, veredas y pistas financiados con recursos del Fonavi, no podrán formar
parte de la lista.
Una posición distinta tuvo el
magistrado Ernesto Blume Fortini, para quien el aporte en su conjunto pasó a
formar parte del patrimonio de los fonavistas, por lo que emitió un voto
singular declarando fundada, en todos sus extremos, la demanda de los
fonavistas.
Pedirán aclaración
Por su parte, el presidente de la
Asociación Nacional de Fonavistas, Andrés Alcántara, expresó su disconformidad
con la decisión de solo devolver el aporte de los trabajadores y excluir a
quienes se beneficiaron de alguna manera con el Fonavi. Anunció que a más
tardar el lunes presentarán un pedido de aclaración.
Asimismo, indicó que los fonavistas
han pagado sus viviendas u otros beneficios que hayan recibido y, por lo tanto,
también deberían devolverles los aportes que hicieron.
Por otro lado, comentó que el TC, al
haber modificado la 72 Disposición Complementaria Final de la Ley de
Presupuesto, acabó con lo que, dijo, era una "extorsión" del
Ministerio de Economía y Finanzas de quererles imponer un valor cuota de S/. 10
soles por cada mes de aporte, con lo que el monto máximo de devolución apenas
llegaría a S/. 1.870.
Fonavistas esperan pago desde este
lunes
El ministro de Economía, Alonso
Segura, anunció hace unos días que el primer tramo de devolución de sus aportes
a los fonavistas se iniciará este lunes 15. Sin embargo, los ex aportantes
dudan, por lo que han convocado para ese día concentraciones en sus locales de
Lima y provincias, pues no están de acuerdo con los montos a devolver.
"Estaremos alertas, vigilantes
para salir... de ninguna manera aceptaremos los montos que nos ofrecen,
son ridículos", advirtió Andrés Alcántara, de la Asociación de
Fonavistas.
A inicios de noviembre, Segura afirmó
que se pagaría al primer grupo una sola cuota de S/. 1.300. Dijo que para ello
la Comisión Ad Hoc elaboraba los certificados de aporte y debería fijar el
monto a devolver. No obstante, la resolución del TC habría trastocado esa
planificación. Hasta el cierre de edición, los miembros de la Comisión estaban
reunidos.
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