1.- Destinatarios.- A través de la Centésima Décima
Sétima Disposición Complementaria Final de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018 [Ley N° 30693],
se dispone el otorgamiento de un bono excepcional por única vez para los
pensionistas de jubilación e invalidez del Decreto Ley N° 19990, “Sistema Nacional
de Pensiones de la Seguridad Social”.
2.- Monto.- El importe del bono es equivalente a S/. 300.00
soles que serán entregados en el presente mes. Por lo que este mes los
referidos pensionistas recibirán: i).- La pensión, ii).- La “gratificación”,
y iii) El bono excepcional.
3.- Exclusiones.- Al haberse dispuesto que el bono solo se entregue a
los pensionistas de jubilación e invalidez, se tiene que no resulta aplicable a
los pensionistas por derecho derivado, esto es, para los pensionistas de viudez,
ascendientes y de orfandad. Sin embargo, en relación a los pensionistas de
viudez, el Pleno del Congreso ha aprobado un bono en la suma de S/. 100.00
soles mensuales.
Abog: Máximo
Linares Gelacio.
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