miércoles, 23 de enero de 2008

BONIFICACIÓN PERMANENTE: REQUISITOS PARA TENER DERECHO

En los últimos días hemos recibido en nuestro E- mail, preguntas relativas a la Bonificación Permanente para los pensionistas del Decreto Ley 19990, las interrogantes de los remitentes se dirigen a conocer si les asiste el derecho o no. Por lo que habiéndo pensionistas o personas interesadas en conocer algunos alcances sobre la bonificación que ha otorgado el Gobierno, consideramos pertinente detallar los requisitos para tener derecho a la bonificación previsional. Todo ello en aras de materializar uno de los objetivos de este espacio virtual.

1.- PENSIONISTAS A QUIENES LES ASISTE EL DERECHO A LA BONIFICACIÓN.
a).- Pensionistas de Jubilación.
b).- Pensionistas de Invalidez.
c).- Pensionistas de Viudez.

2.- REQUISITOS QUE DEBE CUMPLIR EL PENSIONISTA
a.- Pertenecer al régimen del Decreto Ley 19990
b.- Ser pensionista de Jubilación, Invalidez o de Viudez.
c.- La pensión actual que perciben debe ser menor a S/. 500.00 nuevos soles.
d.- La suma entre la pensión o pensiones que perciben en la actualidad, mas la bonificación a otorgarse no puede exceder los S/. 500.00 nuevos soles.
e. Tener pensión definitiva al 31 de Diciembre del año 2006, y siempre que el monto de la pensión incluyendo otras bonificaciones no exceda de los S/. 500.00 nuevo soles a Diciembre del 2007.
f.- El pensionista de jubilación debe de tener más de 65 años de edad al 31 de Diciembre del año 2006
g.- El pensionista de jubilación debe haber acreditado un mínimo de 20 años de aportaciones.
Es preciso señalar que hemos tenido conocimiento que algunos tramitadores están ofreciendo sus servicios en materia de pensiones, prometiendo obtener sumas de dinero abultadas producto del pago de devengados ante la ONP. Sin embargo luego de varios años de juicio, les dicen que no les corresponde, a pesar que cuando celebraron el contrato de servicios, les habían garantizado el éxito del proceso.

En lo personal narremos brevemente tres casos que nos llamaron la atención:
a).- A un pensionista de jubilación le habían prometido obtener cerca de 35,000 nuevos soles producto del pago de devengados, que supuestamente le asistía el derecho; empero ante la consulta formulada a quien escribe en este Blog, concluimos que no le asistía el derecho solicitado. La sorpresa fue grande del pensionista ya que esperaba aquel dinero.
b).- A una pensionista de viudez le prometieron el pago de devengados producto de los famosos tres sueldos mínimos vitales, la viuda esperaba aquel dinero porque lo iba a invertir en la educación de sus hijos, por tanto tenia esperanza que el señor que le estaba tramitando su proceso (que ya llevaba mas de dos años) obtuviera una sentencia favorable. Lo que me llamo la atención es que a simple vista su pedido no procedía, y me interrogaba cual seria la razón el porque se actúa de esa forma, mas aun teniendo en cuenta que se trata de una mujer viuda. Lo más sensato hubiere sido haberle dicho la verdad y no generarle falsas expectativas.
c). Un asegurado, (no pertenecía a un régimen especial), con 54 años de edad y con 5 años de aportaciones, había leído en un aviso, que con 5 años de aportaciones podría jubilarse. Entonces el asegurado contento va al estudio del abogado, y le hace la consulta, obteniendo una respuesta positiva, por tanto el asegurado se fue contento, pero a la vez preocupado porque tenia que conseguir S/. 500.00 nuevos soles para pagar por adelantado el servicio. Empero como el asegurado tiene como vecino a un colega, entonces le hace la consulta, y este a su vez me traslada la misma. Para aquel que ha leído lo básico en Seguridad Social en pensiones, la respuesta era evidente, no procedía su pedido.

Hechos como los descritos son innumerables, y lamentables, porque se crean falsas expectativas en personas que quizá su única esperanza, de mejorar su difícil situación económica, es a través del pago de ciertos devengados. Por ello desde este espacio que nos da la tecnología, queremos contribuir con aquellos asegurados o pensionistas que tengan algunas dudas respecto a sus derechos en pensiones. Por tanto podrán realizar su consulta a E- mail maxjus2@hotmail.com, previa identificación y con sus datos precisos: numero de años de aportaciones, edad (precisar fecha de nacimiento), monto de la pensión inicial, fecha de presentación de la solicitud o demanda (precisar el pedido), estado del proceso (judicial), monto de pensión actual (total), tiempo que viene tramitando su proceso. Si tiene algún dato adicional lo puede manifestar.

Aprovechamos también la oportunidad para expresar nuestro agradecimiento a las personas que nos han escrito a nuestro E- mail, para expresarnos sus muestras de agradecimiento por la iniciativa que hemos tenido de crear nuestro Blog, el mismo que esta destinado a difundir los derechos de los trabajadores, asegurados y pensionistas del País; tal como lo venimos realizando a través de una radio de la localidad (Chiclayo).

Atentamente:
Abog; Máximo Linares Gelacio.










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