viernes, 24 de julio de 2009

SBS establece que pensionistas afiliados a AFP podrán recibir pensión mínima de S/. 150 mensuales

Lima, jul. 22 (ANDINA).- La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) estableció hoy que un afiliado al Sistema Privado de Pensiones (SPP) podrá recibir una pensión mínima de 150 nuevos soles mensuales si al jubilarse no alcanza una pensión superior a 415 soles por 14 pagos al año o 484.2 soles por 12 pagos al año.
Ello según una resolución de la SBS, publicada hoy, que establece el Monto Básico de Pensión (MBP), de 150 soles mensuales, que se otorgará también a los afiliados que no tengan 20 años de aporte para acceder a una pensión mínima.
El pago de las pensiones de 150 soles mensuales se realizará hasta que se agoten los fondos acumulados en la cuenta del jubilado, no obstante, pondrán tener la opción de optar por un Retiro Programado, para obtener una menor pensión pero por un mayor tiempo, lo cual permitirá al afiliado tener una cobertura de seguro de salud más prolongada.
La SBS indicó, como ejemplo, que si la pensión calculada para un afiliado fuera de 60 soles, entonces tendrá la posibilidad de solicitar a su Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) que le nivele su pensión hasta 150 soles.
De esta manera, tiene la opción de percibir algo más de dinero como parte de la pensión, pero tiene que ser consciente que ello supone también un agotamiento más temprano de su cuenta, precisó.
También dispuso que para los casos que accedan a una jubilación anticipada en el SPP, es decir que cumplan con una pensión estimada superior al 50 por ciento de su remuneración promedio, se ha flexibilizado la acreditación de los aportes y la cantidad de aportes mínimos previos al inicio del trámite respectivo.
La SBS publicó además otra resolución que establece un nuevo producto previsional denominado Retiro Programado de 14 pagos.
Explicó que este producto tiene la finalidad de replicar el comportamiento de ingresos de un afiliado cuando era trabajador activo en términos de cantidad de pagos.
Es decir, a partir de la entrada en vigencia de la norma, un afiliado podrá optar por solicitar pensiones de 14 pagos al año.
Dio como ejemplo a un afiliado de género masculino, de 65 años de edad y sin grupo familiar, con un capital para pensión (Saldo de la Cuenta Individual de Capitalización) de 100 mil soles y una tasa de interés para el cálculo de 4.06 por ciento.
Con los datos indicados el afiliado recibiría mensualmente, bajo la modalidad de Retiro Programado, es decir con cargo a su cuenta, una pensión de 574 soles, y en los meses de julio y diciembre sería el doble dado que incluiría otra pensión de igual valor.
En el caso del Retiro Programado común, es decir con 12 pagos al año, la pensión del jubilado ascendería a 670 soles.
La SBS indicó que estas medidas, además de la implementación de dos nuevas modalidades de pensión (Renta Mixta y la Renta Vitalicia Bimoneda), permitirán mejorar las condiciones de funcionamiento y operatividad del SPP a favor de los afiliados, y estarán vigentes a partir de diciembre.
FUENTE:
http://www.andina.com.pe/espanol/Noticia.aspx?id=x8TJj2vk0OA=

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