sábado, 1 de mayo de 2010

MITOS CREADOS EN EL DERECHO PREVISIONAL

Uno de los temas que abordaremos en este espacio, es el referido a lo que hemos denominado como “MITOS CREADOS EN EL DERECHO PREVISIONAL”, es decir aquellas solicitudes o pedidos que se realizan ante la Oficina de Normalización Previsional (ONP) sobre materia previsional, los mismos que en vez de ajustarse a la normativa y jurisprudencia previsional y por tanto ser reconocidos administrativamente o judicialmente, muy por el contrario constituyen peticiones sin fundamento alguno; generando no sólo la demora en la tramitación de otras solicitudes que si tienen asidero, sino además que son "creadas" por personas sin conocimiento del tema o por otras razones ajenas a ello. De modo que el primer mito que abordaremos, es el referido a la: NIVELACIÓN O REAJUSTE DE LA PENSIÓN DE JUBILACIÓN ADELANTADA AL CUMPLIR 65 AÑOS DE EDAD.
Cabe acotar que las entidades del Estado inmersas en el tema previsional, y en especial la Oficina de Normalización Previsional y la Defensoría del Pueblo, tienen el deber de orientar y brindar la mayor información posible a los asegurados y pensionistas de la Seguridad Social. Ello con la finalidad de evitar que muchos de ellos planteen demandas sin sustento, y consecuencia de ello se genere una mayor carga procesal en los juzgados de trabajo, sin menoscabar claro está el aspecto económico que supone iniciar un proceso judicial. Por nuestra parte, aunque no nos asiste ninguna obligación legal de informar o dar a conocer temas de orden previsional o laboral, creemos que tenemos un deber ético como abogado dedicado al Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social, y por tanto contribuimos con nuestro pequeño aporte a través de este blog.
Aprovechamos la oportunidad para solicitar sus comentarios u opiniones sobre los temas tratados, ello con el proposito de mejorar el contenido del blog, lo cual redundará en beneficio de los TRABAJADORES Y PENSIONISTAS del país.
Abog: Máximo Linares Gelacio.
Chiclayo, 01 de Mayo del 2010

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