jueves, 12 de enero de 2012

UN PRIMER PASO PARA FONAVISTAS

Gobierno: Reglamento operativo de ley sería publicado en los próximos días.

Ministro Miguel Castilla dice que norma permitirá empadronamiento.
Disposición contempla la verificación de datos de los exaportantes.
El ministro de Economía y Finanzas, Luis Miguel Castilla, señaló ayer que es probable que en los próximos días se publique el reglamento operativo de la Ley de Devolución de Contribuciones del Fondo Nacional de Vivienda (Fonavi) - Ley N° 29625, lo que permitirá el inicio de un proceso de empadronamiento de los fonavistas a escala nacional. Una comisión ad hoc está encargada de elaborar el reglamento de la Ley N° 29625, que establecerá las acciones por tomar luego de que en un referéndum nacional ganó el pedido de devolución por parte del Estado de los aportes realizados por los trabajadores a este fondo.
"Está saliendo un reglamento operativo prontamente que permitirá un proceso de empadronamiento a los fonavistas en el marco de la reconstrucción de toda una historia de aportes, trabajando con los fonavistas con miras a una devolución eventual de los aportes", dijo el ministro Castilla.
Reveló también que el reglamento fue aprobado por unanimidad entre el Poder Ejecutivo y las asociaciones de fonavistas.
"Este es un primer paso importante y luego seguirá todo un proceso de verificación", anotó al señalar que el proceso es gratuito y no se pagará ni un solo nuevos sol por los trámites que tengan que hacer quienes estuvieron afectos a este pago. En este sentido, consideró que tomará tiempo la reconstrucción de los aportes al Fonavi durante largos períodos, pero para ello ya están trabajando con las asociaciones de fonavistas.
La comisión ad hoc, conformada por nueve personas, está integrada por tres miembros de la Asociación Nacional de Fonavistas de los Pueblos del Perú (ANFPP), y por representantes del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), de la Superintendencia Nacional de Aduanas, de la Administración Tributaria (Sunat) y de la Oficina de Normalización Provisional (ONP).
Saludan decisión
Por otro lado, el dirigente fonavista Raúl Canelo destacó anoche que el Gobierno muestre voluntad por cumplir su promesa de devolver el dinero a muchos peruanos que aportaron al Fonavi durante varios años.
Saludó que el propio titular del MEF, Luis Miguel Castilla, haya anunciado la posibilidad de que se publique el reglamento operativo de la Ley de Devolución de Contribuciones del Fonavi, lo que permitirá el inicio de un proceso de empadronamiento.
"Consideramos que el presidente Ollanta Humala viene dando muestras de cumplimiento de una promesa electoral en el sentido de que iba a cumplir la ley y la voluntad del pueblo expresada en el pasado referéndum; saludamos el anuncio de que pronto se publicará el reglamento operativo", indicó.
Recordó que durante su campaña electoral, el entonces candidato Ollanta Humala Tasso se comprometió a honrar esta deuda con los fonavistas.
Al respecto, subrayó que la "familia fonavista" tiene una gran esperanza en que el Gobierno concrete la devolución de sus aportes, derecho que –dijo– se exigía desde hace once años.
Referéndum
La Ley de Devolución de Contribuciones del Fonavi fue aprobada por más de nueve millones de votos en un referéndum efectuado el 3 de octubre de 2010.
La función de la comisión especial que coordina con la asociación de fonavistas es establecer los mecanismos para hacer efectivo el pedido de devolución a favor de miles de peruanos.
A la familia fonavista le dan tranquilidad y confianza los anuncios hechos por el Gobierno Central respecto a que se permitirá el empadronamiento de los exaportantes.
Datos
La creación del Fondo Nacional de la Vivienda fue sancionado por la Ley N° 19.929 y promulgada en 1972.
Tal disposición disponía la integración de un fondo con recursos provenientes de los aportes de todos los empleadores, equivalente al 2.5% del total de sus remuneraciones, se específicaba en la disposición.
Este fondo, se estipulaba, sería destinado a la construcción de viviendas de interés social y obras de equipamiento urbano. En 1977, la Ley 21.581 elevó el aporte al 5% y dispuso que dichos recursos fueran aplicados por la Secretaría de Estado de Desarrollo Urbano y Vivienda.
Fecha:12/01/2012.



NOTA 1: Las letras en negrita son nuestras.

NOTA 2: Dado que es un tema de sumo interés para los trabajadores y ex trabajadores, tan luego se pulbique el reglamento, nosotros lo estaremos publicando y comentando. Cabe recordar que el trámite de inscripción ES GRATUITO.

Abog: Máximo Linares Gelacio.




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