jueves, 7 de enero de 2010

RENOVACIÓN DE DESTAQUES EN EL SECTOR SALÚD

El destaque es una de las formas de desplazamiento que tienen derecho los trabajadores sujetos al Régimen de la Actividad Pública, así el articulo 80° del D.S N° 005-90-PCM “Reglamento de la Ley de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público” señala que el destaque consiste en el desplazamiento temporal de un servidor a otra entidad a pedido de ésta debidamente fundamentado, no pudiendo ser el mismo menor de 30 días ni podrá exceder el periodo presupuestal, esto es, un año.
Sobre el particular, en el Sector Salud para los ejercicios presupuestales de los años 2006, 2007, 2008, y 2009; se han venido renovando los destaques que habían sido otorgados a los trabajadores de dicho sector. En lo que respecta para el año en curso, mediante Decreto Supremo N° 017-2009-SA se señala que el Ministerio de Salud, sus Órganos Desconcentrados, y organismo públicos, la Direcciones Regionales de Salud, y los órganos descentrados de los Gobiernos; podrán renovar los destaques de los servidores que se encuentren laborando en la condición de destacados al 31 de diciembre del 2009, para el ejercicio presupuestal del año 2010. Por tanto los servidores que se encuentren en calidad de destacados, tiene la posibilidad de continuar laborando en la dependencia de destino en aplicación de la citada norma.
Cabe añadir que el personal destacado percibe los incentivos laborales en la dependencia de destino y sus remuneraciones en la dependencia de origen.
Abog: Máximo Linares Gelacio.

1 comentario:

Anónimo dijo...

en el hospital que laboro en chimbote mis colegas destacas de otras hospitales quieren que se le den el mismo numero de guardias que las obstetras de planta lo que ha creado dificultades entre nosotras donde puedo encontrar que la priorieded son del profecional nombrados y no de las destacadas